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Inmigrante en Castilla y León
Inmigrante en Castilla y León
El extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas. Asimismo, deberá presentar los documentos que se determinen reglamentariamente que justifiquen el objeto y condiciones de estancia, y acreditar medios de vida suficientes para el tiempo que pretenda permanecer en España, o estar en condiciones de obtener legalmente dichos medios.
Situación de estancia (permanencia en España como turista):
Es la permanencia en España con un fin distinto al de residir y por un periodo inferior a noventa días por semestre.
Prórroga de estancia de corta duración:
Situaciones en las que concurriendo circunstancias excepcionales que lo justifiquen, se podrá autorizar la prórroga de estancia para fines que no sean de trabajo o residencia a los nacionales de estados a los que no se les exige visado para su entrada en territorio español.