-
¿Cómo y dónde se solicita la tarjeta sanitaria?
-
Es el documento administrativo que acredita el derecho a asistencia sanitaria y por lo tanto, es necesario tramitarla para recibir asistencia sanitaria. Es individual, personal e intransferible para cada miembro de las familias, sea titular o beneficiario.
Hay que dirigirse al Centro de Salud correspondiente al domicilio para solicitarla, donde proporcionan información sobre el trámite y la documentación a aportar:
- Impreso de solicitud (facilitado en el centro de salud o a través de la página web)
- Documento de identidad del titular
- Cartilla de la Seguridad Social incluyendo hoja de beneficiarios
- Documento de identidad de los beneficiarios o en el caso de no lo posean, Libro de Familia
- Si procede de otra Comunidad Autónoma, tarjeta sanitaria de la misma
Casos específicos:
- Extranjeros pertenecientes a la Unión Europea: Certificado de residencia
- Extranjeros extracomunitarios: Autorización de residencia, o en su defecto, autorización de trabajo
- Extranjeros menores de 18 años que no tengan legalizada su residencia en España: los datos de consignación obligatoria, nombre y apellidos, fecha de nacimiento y sexo (acreditados por la Administración que tutele al menor). Si no estuviera tutelado, deberá presentar el pasaporte propio o familiar o el informe de servicios sociales
-
¿Es válido el carnet de conducir de otro país para conducir en España?
-
Los permisos y licencias de conducir por territorio español son válidos cuando:
- Sean permisos nacionales de países recogidos en los anexos 6 y 9 de la convención de Viena (o que difieran en cláusulas no esenciales).
- Los de otros países que no estén redactados en castellano, deben ser acompañados de una traducción oficial.
- Los reconocidos por convenios internacionales en los que España forme parte.
Permisos válidos para conducir en España
Además, para que estas licencias y permisos sean válidos es necesario:
- Que esté en período de vigencia y valdiez.
- Que el titular tenga la edad mínima de conducir en España (18 años).
- Que no hayan pasado más de 6 meses desde que su titular adquiriera la residencia española.
Después de estos 6 meses, para que un conductor extranjero pueda conducir en España debe:
- Obtener o disponer de un permiso de conducir de algún país de la Unión Europea (con el único requisito de que el conductor debe tener la edad mínima de conducir en España, que es de 18 años).
- Disponer u obtener un permiso de conducir internacional. Tiene validez máxima de 1 año, y no es válido para conducir en el país en el que se expide.
- Canjear o renovar el permiso de conducir. Sólo es posible si existe un convenio entre España y el país que ha expedido el permiso de conducir del conductor extranjero.
Si el conductor va a residir en España más de 6 meses, la Jefatura General de Conductores tendrá integrados sus datos en el Registro General de Conductores e Infractores. Desde ese momento, el conductor extranjero estará sometido a las pruebas físicas y psíquicas en los plazos previstos para los permisos que se emiten en España.
-
¿Cómo y dónde se produce el empadronamiento?
-
Se solicita en la oficina de empadronamiento del Ayuntamiento de la localidad donde se reside.
Algunos ejemplos frecuentes en los que es imprescindible el documento del empadronamiento:
- Solicitar la regularización o la autorización de residencia y trabajo
- Solicitar la tarjeta para la asistencia sanitaria
- Realizar el canje del permiso de conducir en el caso de existir convenio con tu país de nacimiento
- Realizar la inscripción escolar de los hijos
- Tener acceso a las prestaciones y ayudas sociales
- Acceder a otros servicios y programas públicos municipales.
Más información sobre el empadronamiento
-
¿Qué documentación es necesaria para el empadronamiento?
-
- Es necesario establecer un domicilio (No importa si es en propiedad, de alquiler, compartido, de un familiar o un/a amigo/a).
- Formulario de Alta Individual o Colectiva (se solicita en la oficina de empadronamiento del ayuntamiento de la localidad).
- Fotocopia y original del pasaporte.
- Fotocopia y original del contrato de alquiler, escritura de propiedad de la vivienda, o la autorización firmada por el dueño de la vivienda donde se esté alojado.
- En caso de hijos, fotocopia y original de los pasaportes y libro de familia.
-
¿Qué es la tarjeta de residencia (TIE), y qué documentación se necesita para solicitarla?
-
La Tarjeta de identidad de Extranjero (TIE) es el documento destinado a acreditar la situación legal del extranjero en España.
En el momento del trámite de poner la huella en el TIE, el solicitante exhibirá su pasaporte o título de viaje para acreditar su identidad y aportará:
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-17) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
- Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
- Acreditación de la afiliación y/o alta de la Seguridad Social, en su caso.
- Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
- En su caso, denuncia por extravío o robo, o presentación de la tarjeta inutilizada.
Tarjeta de identidad de extranjero (TIE)
-
Procedimiento para tramitar la tarjeta de residencia (TIE)
-
- Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el extranjero personalmente.
- Lugar de presentación: en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía de la provincia donde tenga fijado el domicilio.
- Plazo de presentación: un mes desde la entrada en España o desde que la autorización sea concedida o cobre vigencia o, en su caso, desde el momento en que se produjo el robo, el extravío, la destrucción o la inutilización de la tarjeta.
- Abono de tasas por expedición de la tarjeta de identidad: la cuantía de la tasa depende de la autorización que documenta la tarjeta.
- La tarjeta de identidad tendrá idéntico período de vigencia que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifique su expedición, y perderá su validez cuando se produzca la de la citada autorización.
- Para entregar la tarjeta de identidad de extranjero el interesado deberá acreditar ser el destinatario del documento y haber realizado el pago de las tasas establecidas.
- Están exceptuados de la obligación de solicitar tarjeta de identidad de extranjero los titulares de una autorización de residencia y trabajo de temporada.
-
¿Cómo y dónde se homologan los títulos académicos?
-
En Castilla y León la información y tramitación de homologaciones y convalidaciones de títulos extranjeros se hace en las Subdelegaciones provinciales del Gobierno en Castilla y León, presentando el modelo oficial de solicitud debidamente cumplimentada con la documentación requerida.
En el extranjero, puede acudir a las Consejerías de Educación y Ciencias de las Embajadas de España u Oficinas Consulares del país extranjero que corresponda.
Homologación de títulos
-
Documentación requerida para tramitación de homologación de título
-
Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate.
Los documentos expedidos en el extranjero que quieran hacerse valer en estos procedimientos deberán estar debidamente legalizados, salvo en caso de los documentos expedidos por Estados Miembros de la Unión Europea.
Los expedidos en el extranjero que dessen hacerse valer en estos procedimientos deberán estar acompañados de traducción oficial al castellano (cuando no estén expedidos en ese idioma).
Todos los documentos pueden acreditarse mediante fotocopia compulsada, presentando la fotocopia junto con el documento original al que corresponde en la oficina de Registro en el que se presente la solicitud. El Registro compulsará las fotocopias, que quedarán unidas a la solicitud, y devolverá los originales al interesado.
Documentación requerida:
- Certificado que acredite la nacionalidad del solicitante (DNI o documento de nacionalidad expedido por el país en el que se residía, que puede ser sustituido por una fotocopia compulsada del pasaporte o del permiso de residencia en España, o, en el caso de los ciudadanos españoles, por una fotocopia compulsada del D.N.I.).
- Título o diploma oficial cuya homologación se solicita, o certificación oficial acreditativa de la superación de los exámenes finales correspondientes.
- Certificación académica oficial acreditativa de los cursos realizados, asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y los años académicos en los que se realizaron.
- Acreditación del pago de las tasas correspondientes (excepto en la solicitud de homologación al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria -ESO-)
- Otra documentación complementaria solicitada específicamente por la administración para mejorar el análisis del expediente académico.
-
¿Cómo y dónde se puede buscar empleo?
-
Inscripción como demandante de empleo: Altas, renovaciones.
La primera inscripción como demandante de empleo, se debe hacer en la Oficina de Empleo correspondiente al domicilio. Una vez inscrito se obtendrá la tarjeta de demanda.
Oficinas del Servicio Público de Empleo de Castilla y León
Una vez que ha transcurrido la fecha exacta que consta en la tarjeta, la demanda tarda en darse de baja uno o dos días. Fuera de la fecha exacta, la renovación se deberá hacer en la Oficina de Empleo (dos días antes y hasta dos días después). Transcurridos dos días, la demanda se dará de baja y el demandante deberá volver a inscribirse.
Oficina Virtual de Empleo
-
¿Cómo puedo acceder a la vivienda?
-
En el Portal de Vivienda de la Junta de Castilla y León se puede encontrar toda la información disponible en materia de vivienda y especialmente la relativa a:
- Vivienda de protección pública: requisitos de acceso, tramites, ayudas, etc.
- Registro Público de Demandantes de Vivienda de Protección Pública: la inscripción en el mismo es el requisito necesario para acceder a una vivienda de protección pública y para participar en los procesos de selección para acceder a una vivienda.
- Procesos de selección de viviendas protegidas: conozca toda la información sobre los procesos de selección; ubicación de la viviendas, características de las mismas, listados de demandantes, forma y plazo de presentación de alegaciones, resultados, etc.
- Subvenciones al alquiler de vivienda
Portal vivienda